El Rol Clave del Técnico de Seguridad en Ecuador: Funciones y Cumplimiento del Decreto 255-2024
8/12/2025 — ADMINDU — normativa-sst
🇪🇨 Las 24 Funciones del Técnico de Seguridad según el Decreto 255-2024
El Artículo 28 del Decreto 255-2024 de Ecuador detalla con precisión las obligaciones del Técnico de Seguridad. Hemos clasificado estas 24 funciones en seis pilares de gestión para una comprensión más clara y estructurada.1. 🔍 Evaluación y Control Técnico (El Pilar de la Prevención)
Este grupo se centra en la parte de ingeniería y técnica para la modificación y mejora del ambiente de trabajo.- Identificar los peligros y evaluar los riesgos laborales y/o amenazas naturales.
- Realizar o gestionar estudios de higiene del trabajo para prevenir y controlar los riesgos.
- Elaborar procedimientos de trabajo seguro para todas las actividades o trabajos especiales.
- Participar en la elaboración de estudios y proyectos sobre instalaciones, modificaciones y ampliaciones.
2. 🚨 Respuesta y Gestión de Accidentes (El Pilar Reactivo)
Se ocupa de la gestión formal de los siniestros laborales y la adopción de medidas correctivas.- Investigar, analizar y comunicar por escrito al empleador, las causas de los accidentes de trabajo.
- Liderar la investigación y elaborar el informe de accidente de trabajo debidamente suscrito.
- Convocar a reuniones de trabajo para tratar temas de seguridad y salud en el trabajo.
- Dar seguimiento y notificar al Sistema Nacional de Seguridad Social los accidentes de trabajo y presunción de enfermedades profesionales.
3. 🔎 Inspección y Supervisión (El Pilar de la Vigilancia)
Abarca la verificación constante del cumplimiento y el estado de los equipos e instalaciones.- Realizar inspecciones periódicas a los lugares y/o centros de trabajo para verificar las condiciones de seguridad.
- Supervisar las actividades de los servicios externos en seguridad e higiene del trabajo.
4. 📚 Formación y Promoción (El Pilar Humano)
Incluye la transferencia de conocimientos y la creación de una cultura preventiva en la organización.- Capacitar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Planificar, dirigir, difundir y supervisar el desarrollo de los programas de educación y capacitación.
- Coordinar y ejecutar la inducción a los nuevos trabajadores.
- Proponer programas que incentiven el cumplimiento de las normas en seguridad y salud en el trabajo.
- Informar sobre las medidas de prevención y protección para precautelar la seguridad y salud de los trabajadores.
5. 📑 Gestión Documental y Legal (El Pilar del Cumplimiento)
Se enfoca en la formalización de la gestión y la interacción con las autoridades competentes.- Elaborar informes técnicos dirigidos al empleador, sobre el estado de las condiciones de seguridad e higiene.
- Mantener y custodiar los informes técnicos y respaldos debidamente suscritos de la gestión realizada.
- Reportar de manera obligatoria los datos de la gestión en la plataforma informática que defina el ente rector.
- Proporcionar a las autoridades competentes la información que respalde la gestión.
- Participar en las inspecciones especializadas en seguridad y salud en el trabajo.
- Cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento y la normativa aplicable.
6. ⚠️ Administración y Emergencias (El Pilar Operativo)
Reúne tareas de planificación logística y respuesta inmediata.- Diseñar y ejecutar los planes de emergencia y contingencia, además de la ejecución de simulacros.
- Planificar y gestionar la adquisición de insumos, materiales, máquinas, equipos y herramientas.
- Presentar las justificaciones técnicas al empleador, cuando se requiera la suspensión inmediata, temporal o definitiva de actividades.
- Cualquier otra actividad no especificada que, por su naturaleza u objetivo, requiera de conocimientos en seguridad e higiene en el trabajo.
📄 Artículo 28: Funciones Textuales del Técnico de Seguridad (Decreto 255-2024)
A continuación, se presenta la lista textual y completa de las 24 funciones asignadas al Técnico de Seguridad e Higiene del Trabajo en Ecuador, según lo estipula el Decreto Ejecutivo No. 255-2024:- Identificar los peligros y evaluar los riesgos laborales y/o amenazas naturales en los lugares y/o centros de trabajo, mediante el análisis de las condiciones de trabajo y la utilización de metodologías nacionales o internacionales reconocidas.
- Capacitar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Investigar, analizar y comunicar por escrito al empleador, las causas inmediatas, básicas o déficit de gestión en los accidentes de trabajo ocurridos, proponiendo las medidas correctivas y de mejoramiento de la gestión.
- Realizar inspecciones periódicas a los lugares y/o centros de trabajo para verificar las condiciones de seguridad de instalaciones, medios de transporte, máquinas, equipos, herramientas, equipos de protección personal, entre otros, con el objeto de corregir los actos y las condiciones inseguras que puedan existir o producirse.
- Elaborar informes técnicos dirigidos al empleador, sobre el estado de las condiciones de seguridad e higiene del lugar y/o centro de trabajo.
- Convocar a reuniones de trabajo, de asistencia obligatoria, a los empleadores, trabajadores y/o sus representantes y a quienes consideren necesario, con el objetivo de tratar temas de seguridad y salud en el trabajo, en el lugar y/o centro de trabajo.
- Presentar las justificaciones técnicas al empleador, cuando existan condiciones y/o actos inseguros que puedan producir daños a la integridad de los trabajadores y se requiera la suspensión inmediata, temporal o definitiva de actividades, conforme la normativa vigente en la materia.
- Realizar o gestionar estudios de higiene del trabajo para prevenir y controlar los riesgos laborales mediante la eliminación, sustitución, controles de ingeniería, administrativos o sobre el trabajador, priorizando criterios colectivos a los individuales.
- Proponer programas que incentiven el cumplimiento de las normas en seguridad y salud en el trabajo.
- Planificar, dirigir, difundir y supervisar el desarrollo de los programas de educación y capacitación sobre las medidas de prevención y protección para precautelar la seguridad y salud de los trabajadores.
- Planificar y gestionar la adquisición de insumos, materiales, máquinas, equipos y herramientas que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas para la prevención y control de los riesgos laborales en los puestos de trabajo.
- Mantener y custodiar los informes técnicos y respaldos debidamente suscritos de la gestión realizada en seguridad e higiene del trabajo en el lugar y/o centro de trabajo.
- Participar en las inspecciones especializadas en seguridad y salud en el trabajo realizadas por las autoridades competentes.
- Diseñar y ejecutar los planes de emergencia y contingencia, además de la ejecución de simulacros de actuación en los lugares y/o centros de trabajo en coordinación con el Servicio Integral de Salud en el Trabajo.
- Proporcionar a las autoridades competentes la información que respalde la gestión de seguridad e higiene del trabajo en el lugar y/o centro de trabajo cuando le sea solicitada.
- Cumplir con las disposiciones establecidas en el presente Reglamento y la normativa aplicable en seguridad y salud en el trabajo, así como disposiciones emitidas por las autoridades competentes en la materia.
- Elaborar procedimientos de trabajo seguro para todas las actividades o trabajos especiales.
- Participar en la elaboración de los estudios y proyectos sobre instalaciones, modificaciones y ampliaciones en el lugar y/o centro de trabajo en el ámbito de la seguridad e higiene del trabajo.
- Informar sobre las medidas de prevención y protección para precautelar la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar y/o centro de trabajo.
- Liderar la investigación y elaborar el informe de accidente de trabajo debidamente suscrito conforme a la normativa técnica y legal.
- Coordinar y ejecutar la inducción a los nuevos trabajadores en temas de seguridad y salud en el trabajo contemplando los riesgos laborales a los que estará expuesto en el lugar y/o centro de trabajo.
- Supervisar las actividades de los servicios externos en seguridad e higiene del trabajo.
- Cualquier otra actividad no especificada que, por su naturaleza u objetivo, requiera de conocimientos en seguridad e higiene en el trabajo.
- Reportar de manera obligatoria los datos de la gestión de seguridad e higiene del trabajo en la plataforma informática que defina el ente rector de trabajo para el efecto.
📝 El Descriptivo de Puesto como Herramienta Clave
Para una gestión efectiva, estas funciones legales deben ser formalizadas en un Descriptivo de Puesto. Este documento es la ficha individual que define:- La Misión del Puesto: El objetivo general de su existencia (ej., garantizar el cumplimiento legal y la reducción de la siniestralidad).
- Las Funciones (Artículo 28): Las responsabilidades operativas diarias y periódicas.
- Requisitos: La educación, experiencia y certificaciones necesarias para ocupar el cargo.
- Relaciones Jerárquicas: A quién reporta y a quién supervisa.
