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El Rol Clave del Técnico de Seguridad en Ecuador: Funciones y Cumplimiento del Decreto 255-2024

El Rol Clave del Técnico de Seguridad en Ecuador: Funciones y Cumplimiento del Decreto 255-2024


🇪🇨 Las 24 Funciones del Técnico de Seguridad según el Decreto 255-2024

1. 🔍 Evaluación y Control Técnico (El Pilar de la Prevención)

  • Identificar los peligros y evaluar los riesgos laborales y/o amenazas naturales.
  • Realizar o gestionar estudios de higiene del trabajo para prevenir y controlar los riesgos.
  • Elaborar procedimientos de trabajo seguro para todas las actividades o trabajos especiales.
  • Participar en la elaboración de estudios y proyectos sobre instalaciones, modificaciones y ampliaciones.

2. 🚨 Respuesta y Gestión de Accidentes (El Pilar Reactivo)

  • Investigar, analizar y comunicar por escrito al empleador, las causas de los accidentes de trabajo.
  • Liderar la investigación y elaborar el informe de accidente de trabajo debidamente suscrito.
  • Convocar a reuniones de trabajo para tratar temas de seguridad y salud en el trabajo.
  • Dar seguimiento y notificar al Sistema Nacional de Seguridad Social los accidentes de trabajo y presunción de enfermedades profesionales.

3. 🔎 Inspección y Supervisión (El Pilar de la Vigilancia)

  • Realizar inspecciones periódicas a los lugares y/o centros de trabajo para verificar las condiciones de seguridad.
  • Supervisar las actividades de los servicios externos en seguridad e higiene del trabajo.

4. 📚 Formación y Promoción (El Pilar Humano)

  • Capacitar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Planificar, dirigir, difundir y supervisar el desarrollo de los programas de educación y capacitación.
  • Coordinar y ejecutar la inducción a los nuevos trabajadores.
  • Proponer programas que incentiven el cumplimiento de las normas en seguridad y salud en el trabajo.
  • Informar sobre las medidas de prevención y protección para precautelar la seguridad y salud de los trabajadores.

5. 📑 Gestión Documental y Legal (El Pilar del Cumplimiento)

  • Elaborar informes técnicos dirigidos al empleador, sobre el estado de las condiciones de seguridad e higiene.
  • Mantener y custodiar los informes técnicos y respaldos debidamente suscritos de la gestión realizada.
  • Reportar de manera obligatoria los datos de la gestión en la plataforma informática que defina el ente rector.
  • Proporcionar a las autoridades competentes la información que respalde la gestión.
  • Participar en las inspecciones especializadas en seguridad y salud en el trabajo.
  • Cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento y la normativa aplicable.

6. ⚠️ Administración y Emergencias (El Pilar Operativo)

  • Diseñar y ejecutar los planes de emergencia y contingencia, además de la ejecución de simulacros.
  • Planificar y gestionar la adquisición de insumos, materiales, máquinas, equipos y herramientas.
  • Presentar las justificaciones técnicas al empleador, cuando se requiera la suspensión inmediata, temporal o definitiva de actividades.
  • Cualquier otra actividad no especificada que, por su naturaleza u objetivo, requiera de conocimientos en seguridad e higiene en el trabajo.

📄 Artículo 28: Funciones Textuales del Técnico de Seguridad (Decreto 255-2024)

  1. Identificar los peligros y evaluar los riesgos laborales y/o amenazas naturales en los lugares y/o centros de trabajo, mediante el análisis de las condiciones de trabajo y la utilización de metodologías nacionales o internacionales reconocidas.
  2. Capacitar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  3. Investigar, analizar y comunicar por escrito al empleador, las causas inmediatas, básicas o déficit de gestión en los accidentes de trabajo ocurridos, proponiendo las medidas correctivas y de mejoramiento de la gestión.
  4. Realizar inspecciones periódicas a los lugares y/o centros de trabajo para verificar las condiciones de seguridad de instalaciones, medios de transporte, máquinas, equipos, herramientas, equipos de protección personal, entre otros, con el objeto de corregir los actos y las condiciones inseguras que puedan existir o producirse.
  5. Elaborar informes técnicos dirigidos al empleador, sobre el estado de las condiciones de seguridad e higiene del lugar y/o centro de trabajo.
  6. Convocar a reuniones de trabajo, de asistencia obligatoria, a los empleadores, trabajadores y/o sus representantes y a quienes consideren necesario, con el objetivo de tratar temas de seguridad y salud en el trabajo, en el lugar y/o centro de trabajo.
  7. Presentar las justificaciones técnicas al empleador, cuando existan condiciones y/o actos inseguros que puedan producir daños a la integridad de los trabajadores y se requiera la suspensión inmediata, temporal o definitiva de actividades, conforme la normativa vigente en la materia.
  8. Realizar o gestionar estudios de higiene del trabajo para prevenir y controlar los riesgos laborales mediante la eliminación, sustitución, controles de ingeniería, administrativos o sobre el trabajador, priorizando criterios colectivos a los individuales.
  9. Proponer programas que incentiven el cumplimiento de las normas en seguridad y salud en el trabajo.
  10. Planificar, dirigir, difundir y supervisar el desarrollo de los programas de educación y capacitación sobre las medidas de prevención y protección para precautelar la seguridad y salud de los trabajadores.
  11. Planificar y gestionar la adquisición de insumos, materiales, máquinas, equipos y herramientas que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas para la prevención y control de los riesgos laborales en los puestos de trabajo.
  12. Mantener y custodiar los informes técnicos y respaldos debidamente suscritos de la gestión realizada en seguridad e higiene del trabajo en el lugar y/o centro de trabajo.
  13. Participar en las inspecciones especializadas en seguridad y salud en el trabajo realizadas por las autoridades competentes.
  14. Diseñar y ejecutar los planes de emergencia y contingencia, además de la ejecución de simulacros de actuación en los lugares y/o centros de trabajo en coordinación con el Servicio Integral de Salud en el Trabajo.
  15. Proporcionar a las autoridades competentes la información que respalde la gestión de seguridad e higiene del trabajo en el lugar y/o centro de trabajo cuando le sea solicitada.
  16. Cumplir con las disposiciones establecidas en el presente Reglamento y la normativa aplicable en seguridad y salud en el trabajo, así como disposiciones emitidas por las autoridades competentes en la materia.
  17. Elaborar procedimientos de trabajo seguro para todas las actividades o trabajos especiales.
  18. Participar en la elaboración de los estudios y proyectos sobre instalaciones, modificaciones y ampliaciones en el lugar y/o centro de trabajo en el ámbito de la seguridad e higiene del trabajo.
  19. Informar sobre las medidas de prevención y protección para precautelar la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar y/o centro de trabajo.
  20. Liderar la investigación y elaborar el informe de accidente de trabajo debidamente suscrito conforme a la normativa técnica y legal.
  21. Coordinar y ejecutar la inducción a los nuevos trabajadores en temas de seguridad y salud en el trabajo contemplando los riesgos laborales a los que estará expuesto en el lugar y/o centro de trabajo.
  22. Supervisar las actividades de los servicios externos en seguridad e higiene del trabajo.
  23. Cualquier otra actividad no especificada que, por su naturaleza u objetivo, requiera de conocimientos en seguridad e higiene en el trabajo.
  24. Reportar de manera obligatoria los datos de la gestión de seguridad e higiene del trabajo en la plataforma informática que defina el ente rector de trabajo para el efecto.

📝 El Descriptivo de Puesto como Herramienta Clave

  • La Misión del Puesto: El objetivo general de su existencia (ej., garantizar el cumplimiento legal y la reducción de la siniestralidad).
  • Las Funciones (Artículo 28): Las responsabilidades operativas diarias y periódicas.
  • Requisitos: La educación, experiencia y certificaciones necesarias para ocupar el cargo.
  • Relaciones Jerárquicas: A quién reporta y a quién supervisa.

🚀 Conclusión: De la Norma a la Acción


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