Accidente de Trabajo en Ecuador: Definición Legal y Eventos Calificados según la Resolución 513 del IESS
15/1/2026 — ADMINDU — normativa-sst
El accidente de trabajo es uno de los eventos centrales dentro del Seguro General de Riesgos del Trabajo, debido a su impacto directo en la integridad física del trabajador y en la responsabilidad legal del empleador.
La Resolución 513 del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) desarrolla de manera detallada la definición legal, los eventos que califican como accidente de trabajo, las exclusiones y los parámetros técnicos de evaluación, conforme a los artículos 11 al 15.
Este marco normativo es clave para la correcta gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en las empresas ecuatorianas.
1. Definición de accidente de trabajo según el artículo 11
De conformidad con el artículo 11 de la Resolución 513, se entiende por accidente de trabajo todo suceso:
- Imprevisto y repentino
- Que sobrevenga por causa, consecuencia o con ocasión del trabajo
- Originado por la actividad laboral relacionada con el puesto de trabajo
El accidente de trabajo puede ocasionar en el afiliado:
- Lesión corporal
- Perturbación funcional
- Incapacidad temporal o permanente
- Muerte inmediata o posterior
Trabajadores sin relación de dependencia
En el caso de trabajadores sin relación de dependencia o autónomos, también se considera accidente de trabajo el siniestro producido bajo las mismas circunstancias.
Para estos afiliados, las actividades protegidas por el Seguro de Riesgos del Trabajo deben:
- Registrarse en el IESS al momento de la afiliación
- Actualizarse cada vez que se modifiquen
2. Eventos calificados como accidentes de trabajo
El artículo 12 establece de manera expresa los eventos que se consideran accidentes de trabajo para efectos de la concesión de prestaciones.
2.1 Accidentes en el lugar de trabajo o con ocasión del mismo
Se considera accidente de trabajo aquel que se produzca:
- En el lugar de trabajo o fuera de él
- Con ocasión o como consecuencia del trabajo
- En el caso de afiliados autónomos, durante las actividades registradas en el IESS
2.2 Accidentes en misión o comisión de servicio
Califican como accidentes de trabajo aquellos ocurridos:
- En la ejecución de labores a órdenes del empleador
- En misión o comisión de servicio
- Fuera del lugar habitual de trabajo
- Con ocasión o como consecuencia de las actividades encomendadas
2.3 Accidentes por acción de terceros o del empleador
Se consideran accidentes de trabajo los que ocurran:
- Por acción de terceras personas
- Por acción del empleador
- Por acción de otro trabajador
Siempre que el hecho tenga relación directa con la ejecución de las tareas laborales.
2.4 Accidentes durante pausas o interrupciones
También se califican como accidentes de trabajo los que sobrevengan durante:
- Pausas
- Interrupciones de las labores
Siempre que el trabajador se encuentre a orden o disposición del empleador.
2.5 Accidentes en actividades gremiales o sindicales
Se consideran accidentes de trabajo aquellos ocurridos:
- Con ocasión o como consecuencia del desempeño de actividades gremiales o sindicales
- De organizaciones legalmente reconocidas o en formación
2.6 Accidente in itinere o en tránsito
El accidente in itinere se califica cuando:
- Existe una relación cronológica inmediata entre la hora de entrada o salida del trabajador
- El trayecto corresponde al recorrido directo del domicilio al trabajo y viceversa
El trayecto no puede ser interrumpido o modificado por motivos personales, familiares o sociales.
La calificación requiere la comprobación del hecho, mediante pruebas debidamente investigadas y valoradas por el Seguro General de Riesgos del Trabajo.
2.7 Accidentes causados por terceros
En los casos de accidentes ocasionados por terceros:
- La concurrencia de culpabilidad civil o penal del empleador
- No impide la calificación como accidente de trabajo
Salvo que el hecho no guarde relación con las labores desempeñadas por el afiliado.
3. Accidentes que no se consideran de trabajo
El artículo 13 establece los eventos excluidos, los cuales no se consideran accidentes de trabajo.
3.1 Estado de embriaguez o consumo de sustancias
No se considera accidente de trabajo cuando el afiliado se encuentre:
- En estado de embriaguez
- Bajo la acción de tóxicos, drogas o sustancias psicotrópicas
Excepciones:
- Cuando el hecho sea causado maliciosamente por terceros
- Cuando el afiliado sea sujeto pasivo del siniestro
- Cuando el tóxico provenga de la propia actividad laboral y sea la causa del accidente
3.2 Accidente intencional
Quedan excluidos los accidentes causados:
- Intencionalmente por el propio afiliado
- Directamente o valiéndose de terceros
3.3 Riñas, juegos o intento de suicidio
No se consideran accidentes de trabajo los que resulten de:
- Riñas
- Juegos
- Intento de suicidio
Salvo que el afiliado sea sujeto pasivo y se encuentre en cumplimiento de sus actividades laborales.
3.4 Accidentes derivados de delitos
No califican como accidentes de trabajo aquellos que resulten de:
- Un delito por el cual exista sentencia condenatoria contra el afiliado
3.5 Caso fortuito o fuerza mayor extraña al trabajo
Quedan excluidos los accidentes debidos a:
- Caso fortuito
- Fuerza mayor
Siempre que sean extraños al trabajo y no guarden relación alguna con la actividad laboral.
4. Parámetros técnicos para la evaluación de factores de riesgo
El artículo 14 dispone que, para la evaluación de factores de riesgo, se tomarán como referencia:
- Metodologías reconocidas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
- Normativa nacional vigente
- Instrumentos técnicos y legales de organismos internacionales de los que el Ecuador sea parte
Estos parámetros garantizan criterios técnicos objetivos y estandarizados.
5. Monitoreo y análisis del ambiente laboral
Conforme al artículo 15, la unidad correspondiente del Seguro General de Riesgos del Trabajo podrá:
- Monitorear el ambiente laboral
- Evaluar las condiciones de trabajo
- Analizar sustancias tóxicas y/o sus metabolitos en fluidos biológicos
Estas acciones pueden realizarse:
- De oficio
- A petición expresa de empleadores
- A solicitud de trabajadores u organizaciones legalmente constituidas
Los resultados se utilizan con fines de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales u ocupacionales.
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La calificación adecuada de un accidente de trabajo es clave para acceder a las prestaciones del IESS y evitar contingencias legales.
En ADMINDU te asesoramos en la gestión técnica, documental y normativa de accidentes de trabajo conforme a la Resolución 513.
Solicitar asesoría especializadaEl accidente de trabajo, conforme a los artículos 11 al 15 de la Resolución 513 del IESS, debe analizarse bajo criterios técnicos, legales y probatorios claros.
Una gestión adecuada fortalece el cumplimiento normativo, protege los derechos del trabajador y reduce riesgos legales para el empleador.
