Cumplimiento legal
Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral
Basado en el Acuerdo Ministerial MDT-2025-102 (Ministerio del Trabajo, Ecuador). Esta página resume obligaciones, plazos y el paso a paso para registrar y aplicar tu protocolo interno.
¿A quién aplica y qué exige?
- Ámbito: obligatorio para trabajadores y empleadores sujetos al Código del Trabajo.
- Obligación central: elaborar, adaptar y registrar un Protocolo Interno de prevención y atención de discriminación, violencia y acoso laboral, además de gestionar riesgos psicosociales.
- Registro y aprobación: se realiza en la plataforma del MDT; tras la aprobación, el empleador dispone de 15 días para descargar el respaldo.
- Contenido mínimo del Protocolo: ejes de Prevención, Identificación, Atención (incl. canales de denuncia) y Seguimiento/Evaluación.
Plazos clave (fechas exactas)
- Entrada en vigencia del MDT-2025-102: 22 de agosto de 2025 — Rige desde su suscripción
- Adecuar el Programa de Riesgos Psicosociales y el Protocolo Interno: Hasta el 21 de octubre de 2025 (60 días desde la vigencia)
- Descargar respaldos tras la aprobación: Dentro de 15 días posteriores a la aprobación del MDT — Luego el sistema elimina los documentos, aunque conserva el registro
Procedimiento de denuncia (resumen práctico)
- La persona afectada puede denunciar en ventanillas del MDT (planta central o direcciones regionales).
- El Inspector del Trabajo califica en 3 días; si falta información, otorga 3 días para completar.
- Notificación al presunto agresor y empleador en 5 días; 3 días para contestar.
- Convocatoria a audiencia dentro de 2 días y realización al 3er día hábil tras la convocatoria.
- Se reproducen pruebas y alegatos; si el empleador no activó el Protocolo o el Programa Psicosocial, procede informe de sanción.
Qué debe incluir tu Protocolo (índice sugerido)
- Objeto, alcance y definiciones (incluye ámbitos dentro y fuera del lugar de trabajo, telemático).
- Política de Cero Tolerancia y principios de actuación.
- Prevención: sensibilización, capacitación anual, canales de comunicación.
- Identificación/Detección: indicadores de alerta y rutas internas de activación.
- Atención: canales de denuncia, medidas de protección, confidencialidad, no represalias, separación de partes cuando corresponda.
- Medidas correctivas y de no repetición; articulación con Reglamento Interno de Trabajo.
- Seguimiento/Evaluación: monitoreo trimestral y evaluación anual.
- Registro y actualización anual del Programa de Riesgos Psicosociales.
Registro y aprobación
El protocolo se sube en PDF firmado a la plataforma del MDT. La Dirección Regional emite resolución de aprobación o negación. Si se aprueba, descarga el respaldo dentro de 15 días.
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Cumplimiento integral: documento alineado al MDT-2025-102, programa psicosocial y acompañamiento hasta el registro.
- Elaboración/adecuación del Protocolo Interno y Programa de Riesgos Psicosociales.
- Capacitación anual obligatoria (directivos y personal).
- Acompañamiento en registro, evidencias y respuestas ante inspección.
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Atención a micro, pyme y corporativo. Enfoque práctico, documentación lista para auditoría.
Fuente normativa: Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-102 (Ministerio del Trabajo, 22-ago-2025).
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